En esta nueva entrada de nuestro blog queremos comentaros algunas cuestiones sobre las consecuencias de conducir sin carnet. En otras palabras, nos referimos a las consecuencias de tipo penal que puede tener conducir un vehículo de motor o de ciclomotor sin permiso o licencia.
Si hablamos de conducir un vehículo de motor o de ciclomotor sin permiso o licencia tenemos que remitirnos al artículo 384 del Código Penal que dice:
<<El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.>>
CONDUCIR SIN CARNET: REGULACIÓN DE TRES SITUACIONES DIFERENTES
Por tanto, nuestro Código Penal engloba tres situaciones:
- Retirada de todos los puntos del carnet.
- La persona que conduce ha sido privada de forma cautelar o definitivamente del carnet o permiso mediante una resolución judicial.
- Conducir el vehículo sin haber obtenido nunca el carnet o permiso.
PENAS POR CONDUCIR SIN CARNET
Las penas que recoge el Código Penal son alternativas, de manera que el que cometa este delito será condenado a alguna de ellas, pero no a los tres tipos de pena que se establecen en el artículo 384 del Código Penal.
Estas penas alternativas son como ya hemos visto:
- De 3 a 6 meses de prisión.
- De 12 a 24 meses de multa.
- De 31 a 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
CUANDO CONDUCIR SIN CARNET NO ES UN DELITO
Existen algunas situaciones en los que la conducta del conductor no sería sancionada como un delito, sin embargo, si podría ser sancionada desde el punto de vista del Derecho Administrativo.
Estas conductas pueden ser:
- El conductor conduce con un carnet extranjero no homologado en España.
- El permiso de conducir ha caducado y no ha sido renovado.
- El conductor lleva un permiso que le habilita para conducir otra categoría de vehículo.
- Se puede demostrar que el conductor desconocía totalmente pérdida de puntos.
- El conductor se ha olvidado o extraviado el carnet de conducir.
Fdo.- Departamento Derecho Penal
Despacho de Abogados Themis Estudio Legal
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