Testamento vital ¿en qué consiste?

testamento vital

El testamento vital, también conocido como testamento de voluntades anticipadas, es un documento en el que una persona deja constancia escrita de su voluntad en cuanto a los tratamientos médicos a los que desea someterse o no, en caso de enfermedad, si llegado el momento no pudiera expresarse por sí misma; o sobre el destino de su cuerpo u órganos, después de su fallecimiento.

 

Testamento vital para adaptarse a los cambios.

Como consecuencia de los cambios sociales y avances médicos, se ha venido haciendo necesario e, incluso a veces, el consentimiento informado. Ese documento que refleja la participación del paciente en la toma de decisiones, junto a sus médicos, sobre los tratamientos a seguir, y los efectos o consecuencias que éstos pueden provocarle.  Sin embargo, hay situaciones en las que el enfermo no puede decidir sobre su propia salud; por incapacidad debido a la propia enfermedad, por accidente o, simplemente, por estar en una edad ya muy avanzada. En estos casos, una de las posibilidades para que se siga teniendo en cuenta la voluntad del paciente es que ésta haya sido manifestada previamente a la pérdida de la capacidad para decidir. Es lo que se conoce comúnmente como el testamento vital.

El testamento vital nos permite dejar constancia escrita, de forma anticipada, de nuestra voluntad en situaciones tales como: aceptar o rechazar determinados tratamientos médicos, aplicación de eutanasia, recibir atención espiritual, nombrar un representante legal en materia de tratamientos médicos que se encargue de tomar decisiones en el caso de que se presente alguna situación no contemplada en el testamento escrito, o también para interpretar las instrucciones si fuera necesario, donar nuestros órganos cuando fallezcamos, deseo de ser enterrado o incinerado y destino de los restos, etc.

testamento vital

Cláusulas prohibidas en el testamento vital.

Ahora bien, en el Testamento Vital no deben incluirse determinadas cuestiones que el personal sanitario no puede llevar a cabo, es decir, actuaciones que sean contrarias a la ley, como la eutanasia activa. Tampoco podrán realizarse por parte de los profesionales sanitarios actuaciones contrarias a las buenas prácticas clínicas, a prácticas médicas aceptadas generalmente como adecuadas para tratar una enfermedad en un momento concreto, aunque éstas aparezcan recogidas en el testamento vital; es decir, deberán respetarse las preferencias manifestadas, siempre y cuando sean acordes al criterio profesional.

 

¿Quiénes puede otorgar este tipo de testamento?

Pueden otorgar un testamento vital todos los ciudadanos mayores de edad con capacidad de obrar, y los mayores de 16 y menores de 18 años  que estén emancipados.  Además, es requisito imprescindible que puedan expresarse de forma libre, sin coacciones, y siempre que se encuentren en el pleno uso de sus facultades mentales.

Las personas incapacitadas judicialmente pueden otorgar un testamento vital siempre y cuando la sentencia no lo prohíba expresamente y si se encuentran con capacidad en el momento de hacerlo.

 

Validez del testamento y regulación.

El testamento vital adquirirá validez desde el mismo momento en que se otorgue, es decir, cuando se redacta.

Para otorgarlo, cada Comunidad Autónoma tiene su propia regulación legal en cuanto a la forma de hacerlo, aunque generalmente suele hacerse, o bien ante Notario, o bien, ante tres testigos, que deben firmar el escrito ante el personal del Registro autonómico. En el caso de Galicia, el procedimiento podrás consultarlo en la sede electrónica.

Importante destacar que de estos tres testigos de los que hemos hablado, al menos dos de ellos no pueden ser ni padres, ni hijos, ni tampoco tíos o sobrinos, ni tener una relación económica con la persona que hace el testamento vital.

Para que el testamento vital sea reconocido legalmente, una vez firmado debe inscribirse en un registro de últimas voluntades que ha sido creado a tal efecto en cada comunidad autónoma. Es conveniente que se consulte la regulación de la comunidad de residencia para asegurar que se cumplen todos los requisitos legalmente exigidos para inscribirse y asegurar su eficacia futura.  

El testamento vital puede modificarse en cualquier momento. Para ello, hay que volver a otorgar un nuevo documento, siguiendo el mismo procedimiento por el que se constituyó el anterior, que en este caso quedará sin efecto.

Asimismo, el testamento vital también se puede anular. En este caso, hay que recuperar y destruir el documento original y todas las copias que se hayan entregado a las personas de confianza. Y es recomendable hacérselo saber a los testigos si los hubiese.

Nuestro consejo…

Por último, nuestro consejo, si usted está pensando en otorgar un testamento vital es que busque el asesoramiento de un experto que le informará sobre los requisitos legalmente exigibles en su Comunidad Autónoma para asegurar la eficacia futura del documento.

 

Fdo.- Laura Gómez Tojeiro

Abogada

 

Si necesita asesoramiento sobre cualquier  cuestión relacionada con un testamento vital o cualquier otra cuestión relacionada con el derecho sucesorio, no dude en contactar con nosotros. En THEMIS ESTUDIO LEGAL somos abogados especialistas en herencias. Si quiere ponerse en contacto con nuestro departamento de derecho de sucesiones puede hacerlo a través del siguiente enlace:

ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO DE SUCESIONES

(Si está leyendo este artículo a través de su teléfono móvil también puede contactar con nosotros pulsando el botón de Whatsapp que tiene en la parte inferior derecha de su pantalla)

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest
Email

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.